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Mediante
este sistema, los envasadores y los comerciantes de productos
envasados o, cuando no sea posible identificar a los anteriores,
los responsables de la primera puesta en el mercado de
los productos envasados, deberán cobrar a sus clientes, hasta el
consumidor final, una cantidad individualizada por cada envase que sea
objeto de transacción.
Los comerciantes sólo estarán
obligados a aceptar la devolución y retorno de los residuos de
envases y envases usados que hayan puesto en el mercado si los hubiesen
distinguido o acreditado de forma que puedan ser claramente identificados.
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